La ley dice
Artículo 12 .Obligaciones de las entidades de voluntariado.
B) Articular los mecanismos necesarios para garantizar la información, participación y colaboración de la persona voluntaria, tanto en la entidad como en los programas que ésta desarrolle Ley 2001
Decreto 40/2009 de la Comunidad Valenciana que desarrolla la anterior ley expone:
Artículo 15. Organización y funcionamiento interno.
Las entidades de voluntariado no podrán destinar personas voluntarias a puestos de trabajo reservados a personal remunerado, ni aún en el caso de conflicto laboral. De la misma forma, el personal remunerado de la propia entidad no podrá ser admitido por ésta como personal voluntario en actividades directamente relacionadas con el objeto de su puesto de trabajo o servicio sujeto a retribución económica en la entidad.
Artículo 28. Condiciones de la actuación voluntaria.
1. La actuación voluntaria se ejecutará observando los siguientes principios:
a. Se desarrollará de acuerdo con el proyecto correspondiente.
b. En su realización no existirá discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
c. En su ejecución quedará garantizada la dignidad e intimidad personal y familiar del destinatario de la misma. En ningún caso supondrá una injerencia sobre la libertad ideológica, religiosa o de culto de su destinatario.
2. El proyecto en el que se enmarquen las diversas acciones voluntarias deberá ser objeto de difusión entre los colectivos a los que pueda beneficiar con carácter previo y durante su desarrollo.
Respecto al contenido básico que deben reflejar los proyectos y programas, el mencionado Decreto 40/2009 señala:
TÍTULO II ESTATUTO DEL VOLUNTARIADO
CAPÍTULO II DE LAS ENTIDADES DE VOLUNTARIADO
SECCIÓN PRIMERA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO
Artículo 18. Actividad de las entidades de voluntariado Las entidades de voluntariado desarrollarán su actividad a través de la ejecución de programas o proyectos de voluntariado diseñados por ellas mismas u otras organizaciones.
Artículo 19. Programas y proyectos de acción voluntaria
Los programas y proyectos de acción voluntaria diseñados por las entidades de voluntariado deberán contener, como mínimo:
1. Denominación del programa o proyecto.
2. Identidad de la persona responsable del mismo.
3. Sector de actividad de interés general a que se refiere.
4. Análisis de la realidad social a la que afecta.
5. Fines y objetivos que propone.
6. Ámbito territorial que va a abarcar.
7. Duración prevista para su ejecución.
8. Descripción de las actividades que comprende.
9. Número de personas voluntarias estimado necesario para su desarrollo.
10. Formación y calificación exigible a las personas voluntarias según los cometidos que deben desempeñar.
11. Medios y recursos precisos para llevarlo a cabo.
12. Fuentes de financiación.
13. Criterios de evaluación de sus objetivos.
14. Mecanismos de control, seguimiento y evaluación.
Qué es
La definición de los puestos de acción voluntaria es una de las herramientas clave con las que cuenta un/una responsable de voluntariado para organizar y planificar el proceso de gestión. Esta herramienta le resulta útil en cada una de las fases de gestión:
- Fase de búsqueda: ayuda a delimitar la población objeto de las campañas de captación de personas voluntarias. De esta manera se puede garantizar mejor que las personas que quieran colaborar con la organización cumplan los requisitos que se necesitan.
- Fase de entrada: permite tener claros los requisitos que han de tener las personas voluntarias y poder explicarles cuáles serán sus funciones y cometidos.
- Fase de coordinación: facilita el seguimiento y la detección de necesidades formativas.
- Fase de evaluación: proporcionará elementos de valoración para evaluar el trabajo voluntario.
Los trabajos, sean voluntarios o remunerados, no se pueden improvisar, sino que deben servir para conseguir los fines propuestos por la organización. De la misma forma, las personas deben compartir el mismo objetivo y los valores que son importantes para la organización.
Una vez definidos los trabajos a realizar se puede indicar qué competencias se necesitan para llevarlos a cabo. Estos perfiles permiten a su vez, saber a quién dirigirse para buscar voluntarios/as, qué formación necesitan las personas, cómo y cuándo llevar a cabo la acogida, qué posibles itinerarios pueden seguir los/as voluntarios/as a lo largo del tiempo y qué tipo de acompañamiento requerirán.
- Fase de búsqueda: ayuda a delimitar la población objeto de las campañas de captación de personas voluntarias. De esta manera se puede garantizar mejor que las personas que quieran colaborar con la organización cumplan los requisitos que se necesitan.
- Fase de entrada: permite tener claros los requisitos que han de tener las personas voluntarias y poder explicarles cuáles serán sus funciones y cometidos.
- Fase de coordinación: facilita el seguimiento y la detección de necesidades formativas.
- Fase de evaluación: proporcionará elementos de valoración para evaluar el trabajo voluntario.
Los trabajos, sean voluntarios o remunerados, no se pueden improvisar, sino que deben servir para conseguir los fines propuestos por la organización. De la misma forma, las personas deben compartir el mismo objetivo y los valores que son importantes para la organización.
Una vez definidos los trabajos a realizar se puede indicar qué competencias se necesitan para llevarlos a cabo. Estos perfiles permiten a su vez, saber a quién dirigirse para buscar voluntarios/as, qué formación necesitan las personas, cómo y cuándo llevar a cabo la acogida, qué posibles itinerarios pueden seguir los/as voluntarios/as a lo largo del tiempo y qué tipo de acompañamiento requerirán.
Cómo hacerlo
Para la definición del puesto de acción voluntaria, el/la responsable de voluntariado necesita tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Descripción del proyecto de referencia.
- Denominación del puesto.
- Posición dentro de la organización. El puesto se ha de ubicar jerárquicamente dentro del proyecto y de la organización.
- Finalidad del puesto. Es importante delimitar en qué puesto concreto se va a desarrollar la actividad.
- Funciones del puesto. La persona voluntaria ha de tener claro cuáles son las tareas que se espera que realice en su puesto.
- Relaciones internas y externas. Fomentar tanto las relaciones dentro de la entidad como las relaciones externas vinculadas al puesto.
- Condiciones de trabajo del puesto. Especificar el horario, días y lugares de intervención.
- Conocimientos que se requieren. Qué tipo de conocimientos se requieren para poder realizar la acción voluntaria diseñada en el proyecto.
- Experiencia. El conjunto de prácticas o acciones realizadas previamente que pueden ser de utilidad para el desempeño del puesto.
- Actitudes y habilidades. Aquellas competencias de carácter instrumental (aptitudes, actitudes, habilidades…) necesarias para el desempeño del puesto.
- Motivaciones. Las personas voluntarias pueden tener diferentes motivaciones.
- Características personales. En la definición de algunos puestos es preciso explicitar algunas características personales que pueden ser relevantes para el desempeño de las funciones, como puede ser la edad.
- Recursos materiales necesarios. Es útil para el/la responsable de voluntariado determinar si para la prestación de la acción voluntaria son necesarios recursos materiales específicos, como por ejemplo: ordenador, mobiliario, material de oficina o material especifico para el desarrollo de la actividad.
- Descripción del proyecto de referencia.
- Denominación del puesto.
- Posición dentro de la organización. El puesto se ha de ubicar jerárquicamente dentro del proyecto y de la organización.
- Finalidad del puesto. Es importante delimitar en qué puesto concreto se va a desarrollar la actividad.
- Funciones del puesto. La persona voluntaria ha de tener claro cuáles son las tareas que se espera que realice en su puesto.
- Relaciones internas y externas. Fomentar tanto las relaciones dentro de la entidad como las relaciones externas vinculadas al puesto.
- Condiciones de trabajo del puesto. Especificar el horario, días y lugares de intervención.
- Conocimientos que se requieren. Qué tipo de conocimientos se requieren para poder realizar la acción voluntaria diseñada en el proyecto.
- Experiencia. El conjunto de prácticas o acciones realizadas previamente que pueden ser de utilidad para el desempeño del puesto.
- Actitudes y habilidades. Aquellas competencias de carácter instrumental (aptitudes, actitudes, habilidades…) necesarias para el desempeño del puesto.
- Motivaciones. Las personas voluntarias pueden tener diferentes motivaciones.
- Características personales. En la definición de algunos puestos es preciso explicitar algunas características personales que pueden ser relevantes para el desempeño de las funciones, como puede ser la edad.
- Recursos materiales necesarios. Es útil para el/la responsable de voluntariado determinar si para la prestación de la acción voluntaria son necesarios recursos materiales específicos, como por ejemplo: ordenador, mobiliario, material de oficina o material especifico para el desarrollo de la actividad.
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